La Dirección del Trabajo, mediante el ORD. N°278, de 27 de mayo de 2026, se pronunció sobre el sistema electrónico de registro y control de asistencia denominado “Staff Attendance”, presentado por la empresa GPI Software S.A.
El organismo determinó que el sistema cumple con las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38, de 26 de abril de 2024, por lo que autorizó su utilización en el marco de las relaciones laborales.
GPI Software S.A. solicitó a la Dirección del Trabajo determinar si su sistema “Staff Attendance” cumplía con las exigencias legales y técnicas aplicables a los sistemas electrónicos de registro y control de asistencia.
Para la evaluación se presentó, entre otros antecedentes, un informe de certificación emitido por la empresa Neosoltec S.p.A.
El análisis consideró distintas etapas para verificar que el sistema cumpliera con la normativa vigente.
En esta etapa se revisó el cumplimiento de las exigencias formales de la solicitud, los antecedentes presentados y los componentes del sistema.
La Dirección del Trabajo concluyó que la presentación cumplía con la normativa aplicable.
También se analizaron elementos relacionados con:
El resultado de esta revisión fue favorable y se determinó que el sistema se ajustaba a las exigencias vigentes.
Finalmente, se revisaron las exigencias relacionadas con la emisión de reportes para efectos de fiscalización laboral.
La Dirección del Trabajo concluyó igualmente que el sistema cumplía con las condiciones exigidas.
Como resultado de la evaluación, la Dirección del Trabajo determinó que “Staff Attendance” cumple con todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38, de 26 de abril de 2024.
Por esta razón, autorizó su utilización como sistema de registro y control de asistencia en el marco de las relaciones laborales.
Los sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben cumplir requisitos técnicos y jurídicos que permitan garantizar la correcta generación, conservación y disponibilidad de los registros laborales.
El ORD. N°278 confirma que la autorización de un sistema requiere revisar tanto sus características informáticas como su capacidad para generar información que pueda ser utilizada en procesos de fiscalización de la Dirección del Trabajo.
Las empresas que utilizan sistemas electrónicos de control de asistencia deben verificar que la solución implementada se encuentre ajustada a las exigencias vigentes.
Entre otros aspectos, es importante considerar:
La Dirección del Trabajo mantiene un listado de sistemas de registro y control de asistencia que han sido revisados y autorizados conforme a la normativa vigente.
El ORD. N°278 de la Dirección del Trabajo establece que el sistema de registro y control de asistencia “Staff Attendance”, presentado por GPI Software S.A., cumple con las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38, de 26 de abril de 2024.
En consecuencia, la Dirección del Trabajo autorizó su utilización en el marco de las relaciones laborales, luego de revisar sus aspectos formales, informáticos y jurídicos.
Dirección del Trabajo — ORD. N°278, de 27 de mayo de 2026.
Fuente oficial: Ver ORD. N°278 en la Dirección del Trabajo
Última actualización el dia 23 de Septiembre de 2026 por RedRRHH